Según pruebas, Enrique Vives tenía grado 3 de alcoholemia al momento de atropellar a siete jóvenes

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En la imagen, el empresario Enrique Vives Caballero, quien atropelló a siete jóvenes en Santa Marta, de los cuales, seis fallecieron

En cuanto a la situación judicial, la diferencia del resultado podría interferir en la decisión del juez si es señalado por homicidio culposo o doloso.

El pasado martes, se conoció la legalización de la captura del empresario Enrique Vives Caballero, quien el 12 de septiembre arrolló con su camioneta a seis jóvenes en el sector de Gaira, Santa Marta, que murieron en el lugar.

Las víctimas, quienes habían salido de una fiesta familiar con motivo de celebración del cumpleaños del único sobreviviente, un joven de 13 años, fueron identificadas como: Camila Romero, Leonor Romero, Juan Diego Álzate, Camila Martínez y Laura Valentina de Lima, quienes fallecieron en el lugar de los hechos, mientras que Rafaela Pertuz Zaneite, murió en una clínica.

De acuerdo con las primeras hipótesis, el excandidato al Concejo de Santa Marta tenía grado 2 de alicoramiento cuando conducía el vehículo involucrado en la muerte de los jóvenes, a la altura del sector de Gaira, en la capital del Magdalena.

“Se determinó técnicamente que el grado de alicoramiento era grado dos, es decir, un grado alto, lo que le representa una suspensión de cinco años de la licencia de tránsito y un comparendo de 11.800.000 pesos”, manifestó en su momento el coronel Jesús de los Reyes Valencia, comandante de la Policía en Santa Marta.

Sin embargo, revista Semana reveló que aunque las autoridades afirmaron que el empresario se encontraba en grado dos de alcoholemia en el momento de los hechos, en realidad, el grado era tres, una diferencia significativa que afecta directamente la pena que Caballero podría recibir.

Cabe recalcar que, según la ley 1548 de 2012, si el nivel de ebriedad es dos, entre 100 y 149 mg de etanol/100 ml de sangre total, le será retirada la licencia de conducción entre 3 y 5 años y la persona tendrá que completar 40 horas del curso de sensibilización, mientras que si arroja grado tres de alcoholemia, desde 150 mg de etanol/100 ml de sangre total en adelante, la sanción es entre 5 y 10 años y 80 horas de curso de sensibilización.

En cuanto a la situación judicial, la diferencia del resultado podría interferir en la decisión del juez si es señalado por homicidio culposo o doloso. De hecho, este 15 de septiembre se llevaría a cabo la audiencia, sin embargo, esta tuvo que ser cancelada debido a las condiciones en las que se encontraba el señalado.

De acuerdo con la información, Vives Caballero estaba completamente sedado y en estado de inconsciencia en la audiencia virtual, lo que imposibilitaba que respondiera a los requerimientos. Por su parte, los abogados de los familiares de las víctimas señalaron que se trataba de una estrategia para evadir a la justicia y dilatar la imputación de los cargos y la medida de aseguramiento.

”Es una estrategia baja de su abogado con la que se burlan de los familiares y hacen más grande su dolor. Era precisamente lo que se esperaba que sucediera porque sabemos que harán hasta lo imposible para no responder por esta tragedia”, manifestó el abogado Ricardo Martínez.

Cabe recordar que el abogado del empresario trató de suspender la diligencia judicial, argumentando que, tras ser internado en la Clínica Perfect Body, el hombre de 40 años no se encontraba en el estado de salud óptimo para estar en la audiencia.

Tomado de Infobae.com

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