Otra vez el proyecto código electoral

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Por: Guillermo Mejía Mejía 

La Corte Constitucional, declaró inconstitucional el proyecto de ley a través del cual se pretendía expedir un nuevo Código Electoral, por vicios de procedimiento en su formación.

El proyecto presentado para su examen, fue declarado inconstitucional por inobservancia de las formas, las cuales se sintetizan en cuatro advertencias:

La primera se refiere al trámite de las leyes estatutarias que se deben aprobar en una sola legislatura y no en sesiones extras como sucedió en este caso; 

La segunda hace relación con la discusión de manera virtual y no presencial como se llevó a cabo su estudio; 

La tercera tiene que ver con el deber de realizar una consulta previa del proyecto con comunidades étnicas que tienen el derecho a participar en las decisiones democráticas y 

La cuarta, para la Corte es importante analizar el impacto fiscal del proyecto debido a que en este se presenta aumento de personal e inversiones en tecnología que no aparecen cuantificadas. 

Esta última parte es la más sensible  debido a la gran cantidad de cargos inútiles que se crean como por ejemplo dos magistrados delegados del Consejo Nacional Electoral (CNE), por departamento, o sea 64 magistrados que deben reunir las mismas calidades o requisitos para ser magistrado de Tribunal Administrativo, con unas funciones totalmente anodinas, que bien pueden ser cumplidas por los mismos delegados departamentales de la RNEC, y como deben tener los mismos requisitos de aquellos funcionarios judiciales, seguramente el salario y demás gastos superan los 25 millones de pesos mensuales que, por 64 cargos, equivalen a 1.600 millones, y por año, con prestaciones, suman más de 20 mil millones. Uno se pregunta ¿qué pueden hacer dos magistrados seccionales del CNE en departamentos de escasa población como Guaviare, Guainía, Vichada, Amazonas, Arauca o Putumayo en épocas no electorales? 

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De la misma manera se crean, también, 64 cargos de delegados seccionales para el registro civil e identificación, dos por departamento, pero por la redacción de la norma se puede interpretar que serían 2 delegados para el registro civil y 2 para lo electoral en cuyo caso ya no serían 64 sino 128.  

Y surge una pregunta ¿si se crean esos empleados se le quita la función de expedir el registro civil de las personas a las notarías? Cómo será, entonces, el caos y las interminables filas para obtener ese documento. 

El costo de la creación de estos cargos está muy cerca del de los magistrados seccionales del CNE o sea que la cifra se puede redondear por los 40 mil millones de pesos anuales.  

Precisamente uno de los argumentos de la Corte Constitucional para declarar la inconstitucionalidad del proyecto, por vicios de procedimiento, fue la omisión patente del artículo 7° de la ley 819 de 2.003 que exige que cualquier proyecto de ley, ordenanza o acuerdo, que ordene gasto, deberá ser explícito y ser compatible con el marco fiscal de mediano plazo. 

Y otra de las bellezas del proyecto es implantar definitivamente el voto electrónico cuando países como Alemania, Holanda, Irlanda, Finlandia, entre otros, que habían implantado este sistema volvieron al voto en papel ante la imposibilidad de que el ciudadano medio pueda tener acceso a la verificación del escrutinio de mesa. En papel es posible, pero en un computador, que no se sabe cómo se programó, al ciudadano medio le es imposible esa verificación. A Bill Gates se le atribuye la frase que dice que para lo único que no se pueden utilizar los sistemas es para unas elecciones.  

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Para conocer el costo de semejante inversión, no es sino multiplicar el valor de un computador actual por 115.000 mesas que se instalaron para Congreso, sin contar los fletes, el mantenimiento, la obsolescencia y el bodegaje.   

Estas y otras propuestas similares están ahí en el proyecto devuelto por la Corte Constitucional para que el Congreso, partiendo de cero, vuelva a discutirlo, pero sin dejarse “ferrocarrilear” del señor Registrador Vega que para eso se tiene confianza.

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