Economía
Habrá jornada especial para definir situación militar con descuentos: vea condiciones

El Ejército dio a conocer las fechas, horas, beneficios y requisitos a los que podrán acceder aquellos ciudadanos que no hayan definido su situación militar.
En cumplimiento del artículo 73 de la Ley 1861 de 2017, emitido por el Ministerio de Defensa, el Ejército llevará a cabo una jornada especial en todo el territorio nacional para definir la situación militar de los hombres colombianos. Asimismo, brindarán solución jurídica y económica a aquellos ciudadanos que hayan incumplido la ley.
Doce zonas y 60 Distritos Militares estarán habilitados para estas jornadas que tendrán lugar del 6 al 17 de marzo, en un horario continuo de 7:00 a.m. a 5:00 p.m. El director de Reclutamiento, Alexander Rojas Fonseca, invita a los ciudadanos a asistir a estas jornadas, que asegura traen grandes beneficios.
Beneficios de jornada para definir situación militar en Colombia
Quienes participen de estas convocatorias especiales podrán acceder a una serie de estímulos como el descuento del 60% en la cuota de compensación militar y del 90% en las multas o sanciones que se les hayan impuesto por infracciones en el proceso de definición de la situación militar.
Al finalizar podrán optar por acceder de manera gratuita a la “Constancia Electrónica” o a la expedición física de su “Tarjeta de Reservista de Segunda Clase”, la cual tendrá un costo de $174.000 para este año.
¿Quiénes pueden acceder?
Todo ciudadano colombiano residente el país o en el exterior que cumplan con alguna de las siguientes condiciones o situaciones, podrá participar de esta jornada.
1. Infractores que hayan sido sancionados con multas, tales como:
- Ciudadanos aptos que habiendo sido citados a concentración para incorporación no se presentaron en la fecha, lugar y hora indicada por el servicio de reclutamiento y movilización.
- Ciudadanos que no asistieron a la primera evaluación de aptitud psicofísica.
- Ciudadanos que realizaron el proceso de inscripción de manera extemporánea en vigencia de la Ley 48/93, es decir antes del 4 de agosto de 2017.
- Ciudadanos mayores de edad que fueron aplazados por estar cursando estudios de bachillerato y no se presentaron a definir su situación militar una vez obtuvieron su título de bachiller, en vigencia de la Ley 1861/17.
- Ciudadanos a quienes se les liquido la cuota de compensación militar y no cancelaron el recibo en el plazo establecido (recibo vencido).
2. Ciudadanos que superaron la edad máxima de incorporación (Mayores de 24 años).
3. Ciudadanos declarados no aptos por los comités de aptitud psicofísica de la Dirección de Reclutamiento.
4. Ciudadanos residentes en el exterior que demuestren una residencia mínima de 3 años.
5. Ciudadanos exentos de la prestación del servicio militar y que por ley deban cancelar la cuota de compensación militar, conforme a las causales establecidas en el artículo 12 de la Ley 1861 de 2017 siendo estos:
- El hijo único, hombre o mujer.
- El huérfano de padre o madre que atienda con su trabajo a la subsistencia de sus hermanos incapaces de ganarse el sustento.
- El hijo de padres incapacitados para trabajar o mayores de 60 años, cuando estos carezcan de renta, pensión o medios de subsistencia, siempre que dicho hijo vele por ellos.
- El hermano o hijo de quien haya muerto o adquirido una inhabilidad absoluta y permanente en combate, en actos del servicio o como consecuencia del mismo, durante la prestación del servicio militar obligatorio, a menos que, siendo apto, voluntariamente quiera prestarlo.
- Los hijos de oficiales, suboficiales, soldados e infantes de Marina profesionales, agentes, nivel ejecutivo y de la Fuerza Pública que hayan fallecido, o que los organismos y autoridades médico laborales militar o de policía hayan declarado su invalidez, en combate o en actos del servicio y por causas inherentes al mismo, a menos que, siendo aptos, voluntariamente quieran prestarlo.
- Los clérigos y religiosos de acuerdo a los convenios concordatarios vigentes. Asimismo, los similares jerárquicos de otras religiones o iglesias dedicados permanentemente a su culto.
- Los casados que hagan vida conyugal.
- Quienes acrediten la existencia de unión marital de hecho legalmente declarada.
- Las personas en situación de discapacidad física, psíquica, o sensorial permanente.
- Los varones colombianos que después de su inscripción hayan dejado de tener el componente de sexo masculino en su registro civil.
- Los ciudadanos incluidos en el programa de protección a víctimas y testigos de la Fiscalía General de la Nación.
- Los ciudadanos objetores de conciencia reconocidos previo trámite ante la comisión interdisciplinaria dispuesto en el artículo 77 al 80 de la ley 1861 de 2017.
- El padre de familia.
¿Cuáles son los requisitos mínimos?
- Encontrarse inscrito en nuestra página web: www.libretamilitarmil.co y cargar en la plataforma la fotocopia de la cédula de ciudadanía, registro civil de nacimiento, acta y diploma de grado de bachiller si aplica, una foto 3×4 fondo azul (en corbata, en formato JPG y que no exceda 1MB).
- En caso de ser exonerado conforme a las causales antes descritas, deberán acreditar los documentos soportes de la causal. Para ello, podrá verificar los documentos necesarios, en la página web www.reclutamiento.mil.co, sección “definición de la situación militar”.
- Recibo de cuota de compensación militar y/o multas vencido (si lo tiene). Si es ciudadano colombiano residente en el exterior, deberá otorgar autorización simple donde faculta a un tercero a realizar el lugar previsto para la jornada y expresar si opta porque se entregue la tarjeta militar física a la persona autorizada, o en su lugar solicita sea enviada a través de valija diplomática al consulado correspondiente.
- Si reside por más de 3 años en el exterior independiente de la edad, estará exonerado de prestar servicio militar y lo podrá acreditar a través de los siguientes documentos: Visa del estado receptor “constancia de Residencia”
Fuente: Pulzo.
Economía
Bancolombia anuncia novedad a sus clientes para este fin de semana: habrá una limitante

La entidad informó este viernes que, como en otras ocasiones, hará un mantenimiento a sus canales virtuales. Informó cuáles serán los horarios.
Bancolombia, uno de los bancos con más clientes en el país, informó que hará un mantenimiento a sus sistemas este domingo (26 de marzo). Según explicó, la actividad programada se debe a una actualización de sus canales virtuales, por lo que los clientes deben tomar las precauciones necesarias.
El banco explicó que el mantenimiento se hará entre las 3:30 a.m. y las 7:00 a.m., y aclaró que sí estarán dispuestos otros canales y funcionando normalmente.
Mientras se hace este mantenimiento, “nuestros clientes podrán pagar en comercios con sus tarjetas débito o crédito, y sacar plata en cajeros. Nuestra invitación es a programarse con tiempo”, señaló la entidad bancaria.
Además, se comprometió a que, tan pronto pase el mantenimiento, sus canales estarán disponibles para sus clientes y otros usuarios.
Bancolombia: ¿cajeros automáticos se podrán usar este 26 de marzo?
La entidad, además, aclaró que intenta hacer este mantenimiento programado y evitar traumatismos. Además, explica que escogió dicho horario este domingo porque es uno de los que registra una transaccionalidad más baja.
La actualización que hará el banco compromete casi todos sus canales. Los únicos disponibles para hacer transacciones serán los cajeros automáticos para retirar dinero y las tarjetas para hacer pagos en comercios y tiendas.
Fuente: Pulzo
Economía
Cuánto se ganaría el nuevo presidente de Ecopetrol, muy cercano al que sacaron de la firma

La Junta Directiva informó que Alberto Consuegra estará al frente de la petrolera a partir del próximo mes. La gestión de Felipe Bayón finaliza el 31 de marzo.
Este 24 de marzo la junta directiva de Ecopetrol designó a Alerto Consuegra Granger como el presidente encargado de la compañía a partir del próximo 1 de abril.
Este nombramiento se da después de que se conoció que Felipe Bayón estará al frente de la petrolera hasta el próximo 31 de marzo. Una gestión exitosa de más de 5 años, pues según el último informe de la empresa las utilidades en 2022 alcanzaron los mejores resultados financieros con 33,4 billones de pesos, señaló El Colombiano.
Ecopetrol: este sería el salario de Alberto Consuegra
El nuevo presidente de la compañía recibirá el mismo salario que su antecesor. De acuerdo con el diario La República, Felipe Bayón ganaba 67,4 millones de pesos en 2018. Y según La W, el directivo ganaba para el año 2021 un total de 73 millones de pesos.
Es decir que para este año Alberto Consuegra estaría recibiendo un salario de 77 millones de pesos. Cabe agregar que el salario del presidente de la empresa se compone del salario base y de un monto variable que consta de bonos y compensaciones extrasalariales.
Quién es el nuevo presidente de Ecopetrol
Alberto Consuegra es un ingeniero civil de la Universidad de Cartagena, tiene más de 30 años de experiencia en el sector minero energético y también se ha desempeñado como presidente encargado de Cenit Transporte y Logística de Hidrocarburos S.A.S.
Además, la revista Semana señaló que ingresó a Ecopetrol en 2016 como vicepresidente de abastecimiento y que no es la primera vez que Consuegra ha tenido la presidencia de Ecopetrol en encargo. Incluso, en las últimas asambleas fue la mano derecha de Felipe Bayón para exponer los buenos resultados que la petrolera obtuvo el año pasado.
Frente a la elección del directivo titular, el mismo medio afirmó que “la junta directiva, con apoyo del Comité de Compensación, Nominación y Cultura y la asesoría de una firma cazatalentos de talla internacional, continúa adelantando el proceso de selección del nuevo presidente“.
Fuente: Pulzo