¿Cómo funcionará ahora el 4×1000? Cambios y beneficios con la reforma tributaria

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El 4×1000 es un impuesto de recaudo del Gobierno Nacional, el cual se cobre por medio de las entidades financiera del país, y aunque se creó en 1998 de manera temporal con el ánimo de afrontar la crisis económica del momento, este sigue vigente.

Sin embargo, con la aprobación de la reforma tributaria propuesta por Gobierno del presidente Gustavo Petro,  la recolección del 4×1000 tendrá una importante modificación, que podría beneficiar a los usuarios de los servicios financieros en Colombia.

Así lo expuso Luis Carlos Reyes, director de la Dian, quien asevera que con la reforma se espera que los bancos del país consoliden entre sí la información de las diferentes cuentas que posean los ciudadanos, para que sin importar la cuenta que utilice, reciba la exención del 4×1000, mientras mueva menos de $14.8 millones de pesos al mes.

“Ya existe una exención para una sola cuenta bancaria marcada. En adelante, los bancos deberán consolidar información entre ellos para que la exención aplique sin necesidad de marcar la cuenta”, aseguró Reyes en Caracol Radio.

Ante las dudas sobre si se eliminará por completo este impuesto, Iván Olarte Armenta, economista principal de Scotiabank Colpatria, explicó, en testimonios recopilados por parte del diario La Patria, que: “no es que se esté reduciendo o eliminando el 4×1000, se mantiene igual. Lo que sucede es que no se tendrá que marcar una sola cuenta para estar exento, ahora se aplica sobre todos los gatos, hasta cierto tope. Eso tiene mucho más sentido en términos de lograr mayor profundización financiera”.

¿Desde cuándo entrarán en vigencia los cambios en el 4×1000?

Teniendo en cuenta lo anterior, lo que espera el Ministerio de Hacienda y la Dian es que aquella excepción se aplique a todas las cuentas a las que tenga acceso un ciudadano. Para que las entidades bancarias se adapten a la modificación, según establece la nueva normativa, hay plazo hasta el 13 de diciembre de 2024.

En el artículo 65 de Ley 2277 de diciembre 13 de 2022, se específica que las “entidades financieras y/o cooperativas de naturaleza financiera o de ahorro y crédito vigiladas por las Superintendencias Financiera o de Economía Solidaria que administren o en las que se abran cuentas de ahorro, depósitos electrónicos o tarjetas prepago abiertas o administradas” deberán crear un sistema de información que le permita al usuario disponer de la exención al impuesto sin necesidad de marcar una cuenta exclusiva.

Durante este plazo se seguirá utilizando el sistema actual, en el cual se puede hacer uso del beneficio únicamente en la cuenta marcada por el usuario.

Fuente consultada: Colombia.com

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