La Corte negó nulidad pedida por sistema procesal en caso Gaviria

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Para la Sala, no hay irregularidad en el sistema procesal que eligió la Fiscalía (la Ley 600 de 2000 y no la Ley 906 de 2004).

Con la realización de la audiencia preparatoria comenzó este lunes el juicio en la Corte Suprema de Justicia al suspendido gobernador de Antioquia, Aníbal Gaviria Correa, dentro del proceso por presuntas irregularidades en la contratación de una vía en 2005 en su primer periodo en la administración seccional.

La sesión comenzó a las 8:30 a.m. Tras la petición de la defensa de Gaviria, integrada por los abogados Camilo Sampedro Arrubla y Alfonso Cadavid Quintero, de contar con tiempo adicional para leer la decisión adoptada de la Sala sobre un traslado de procedimiento penal, la audiencia se suspendió y se reanudó a las 11:00 a.m.

La Sala Especial de Juzgamiento finalmente negó la nulidad que la defensa de Gaviria había solicitado de su proceso. Para la Sala no hay ninguna irregularidad en el sistema procesal que eligió la Fiscalía (la ley 600 de 2000 y no la ley 906 de 2004), pues con esa elección no se le ha vulnerado ninguna garantía, consideró.

En segundo lugar, la Corte decretó varias de las pruebas pedidas por la defensa para el juicio, pero le negó otras. A las 2:30 p.m. seguirá la audiencia con la posición de la defensa frente a esta decisión.

El fiscal delegado ante la Corte, en el marco de la Ley 600 de 2000, acusó a Gaviria Correa en marzo pasado como presunto coautor de los delitos de peculado por apropiación a favor de terceros y contrato sin cumplimiento de requisitos legales, en ocasión del contrato para el mejoramiento y la pavimentación de la Troncal de la Paz, tramo la Cruzada (Remedios)-Caucasia, vía que conecta al Nordeste con el Bajo Cauca.

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En la audiencia preparatoria, según el artículo 401 de la Ley 600 de 2000, el juez cita para resolver sobre nulidades y pruebas a practicar en la audiencia pública, incluyendo la repetición de aquellas que los sujetos procesales no tuvieron posibilidad jurídica de controvertir.

El juez podrá decretar pruebas de oficio. Allí mismo se resolverá sobre la práctica de pruebas que, por su naturaleza, por requerir de estudios previos o por imposibilidad de las personas de asistir a la audiencia pública, deberán realizarse fuera de la sede del juzgado. Asimismo, se fijará fecha y hora para la celebración de la audiencia pública dentro de los diez días hábiles siguientes.

“Dado que este proceso penal se refiere en todo a temas del derecho público administrativo, mi equipo defensor espera que se reciban y escuchen los informes y conceptos de connotados expertos en esa área del derecho”, expresó Gaviria Correa en un comunicado este lunes.

Con información de El Colombiano.com 
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