La Fiscalía General de la Nación, en latín

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Por: Guillermo Mejía Mejía

Los grandes oradores sagrados como el padre Lacordaire en Francia, el padre Antonio Royo Marín en España y el padre Carlos Cortés Lee en Colombia, solían adornar sur homilías con frases en latín, que desde luego traducían a su auditorio, pero que las utilizaban para reforzar su argumentación con citas del Antiguo o Nuevo Testamento o con frases de los grandes pensadores del cristianismo. En esta oportunidad utilicemos una frase del poeta latino Horacio, epístolas 23 y 87, para referirnos a la forma de actuar de la Fiscalía General de la Nación: 

“Sacrilegia minuta puniuntur, magna in triunphis feruntur” 

“Los delitos pequeños son castigados, los grandes llevan al triunfo”. 

En días pasados formulé un derecho de petición para indagar a esta entidad de la rama judicial por la suerte corrida por una denuncia penal formulada por dos abogados y por mí, como resultado de la evaluación que se hizo en el empalme en la Gobernación de Antioquia entre la administración de Sergio Fajardo Valderrama y Luís Pérez Gutiérrez en diciembre de 2.015. La denuncia penal tiene fecha del 19 de agosto de 2.016 y su radicado es el 20160370649512 y se refiere a la celebración indebida de un contrato, sin licitación pública, que arrancó con un valor inicial de $5.640.000.000.00 y terminó costando $ 37.366.217.000.oo, adicionado en un 562%  en pesos y en tiempo por 25 meses más.  

Este fue un contrato torticero que se firmó, con la disculpa de una urgencia manifiesta,  que se demuestra hasta la saciedad que dicha urgencia se refería solo al mantenimiento de carreteras averiadas por el invierno y a la construcción del viaducto entre La Ceja y Abejorral, que tuvo un valor de $ 15.259.069.080.oo, cuyo reconocimiento del terreno para la ejecución de las obras solo se hizo en la primera semana de agosto de 2013, o sea, 13 meses después de haberse declarado la urgencia manifiesta, lo que indicada claramente que hubo tiempo más que suficiente para elaborar un proceso de licitación pública,  que se hubiera hecho sin violación de los principios de transparencia, planeación y objetividad. Además de los anterior, cuál urgencia manifiesta había para construir este viaducto cuando también se demuestra en esta denuncia que Abejorral tiene cuatro entradas adicionales que son Abejorral-Mesopotamia; Abejorral -Pantanillo; Abejorral- El Cairo-Santa Bárbara y Abejorral la Morelia. 

 La denuncia fue acompañada de documentos oficiales incontrovertibles pues son públicos, que se tomaron de los archivos de la Gobernación de Antioquia, que nadie ha cuestionado, del concepto de la Contraloría General de Antioquia y del proceso disciplinario seguido por el mismo caso por la Procuraduría General de la Nación. La celebración indebida de contratos es un delito grave contra la administración pública y cuando se trata de funcionarios de rango menor, implicados en delitos menos graves, la Fiscalía General de la Nación ha hecho grandes espectáculos publicitarios para tratar de demostrar a la ciudadanía su eficacia y la velocidad con la que actúa, o sea la aplicación de la frase del poeta latino Horacio.  Todavía se recuerda, con mucho asombro, la detención del anterior alcalde de Envigado y algunos subalternos, esposados unos con otros, en fila, sometidos a un escarnio público deshonroso que bien pudiera haber hecho de manera discreta sin ofender sus derechos fundamentales al buen nombre y también es memorable el escándalo al que fue sometido un exalcalde de El Peñol por el presunto y enorme delito de destinar cinco millones de pesos para la compra de unos machetes para entregarlos en la fiesta del campesino. 

Y fue peor el caso del ex alcalde del municipio de San Rafael, Edgar Eladio Giraldo, condenado a 40 años de cárcel por falsos testimonios rendidos por paramilitares desmovilizados, que estuvo 7 años detenido esperando que la justicia lo liberara de esa condena cuando ya se había establecido, por sentencia judicial, que fue condenado por señalamientos hechos con testimonios falsos rendidos ante la Fiscalía. Edgar Eladio murió en la cárcel esperando que la justicia penal decidiera su situación, ya aclarada en un despacho judicial distinto al que lo sentenció, que condenó al testigo por imputaciones falsas contra el exmandatario. 

Molesta y es indignante que después de 15 años de haber dejado el cargo como Gobernador de Antioquia, le desempolven un proceso al actual gobernador Aníbal Gaviria, en medio de otro escándalo mediático quien bien pudiera haberse ahorrado la Fiscalía si se actuara con lo que tradicionalmente se ha denominado la pronta y cumplida justicia. Tuvo que actuar el juez constitucional para que el gobernador regresara a su cargo y se le respetara el debido proceso y los medios se aplacaran por la inevitable filtración que de los expedientes hacen estos despachos jurisdiccionales a los medios de comunicación. Para unas cosas existe la reserva sumarial pera para otras la prensa es la primera en saber. O sea que lo que vemos es una justicia mediática y selectiva que lamentablemente genera en la sociedad una sensación de inseguridad y desconfianza muy difícil de recuperar y si a lo anterior se le agrega que la cabeza de la Fiscalía está en manos de un megalómano (“el segundo cargo del país”), la desconfianza aumenta y la imagen de la entidad cae por el suelo. 

Después de la descolgada que me pegó la señora Carmen Adriana González González, del grupo de trabajo de PQRS de la FGN, que contestó la primera petición, recibo una comunicación respetuosa y amable de la doctora Luz Magnolia Montoya Ortega, Fiscal 173, Seccional Unidad de Administración Pública de Medellín, en la que me informa que el proceso se encuentra activo, como se evidencia en la respuesta que se puede leer a continuación de este artículo. 

El interés por esta denuncia penal no es que se condene al exgobernador Sergio Fajardo sino que la actuación no se dilate en el tiempo y que luego aparezca una decisión, impulsada desde arriba, que direccione un proceso de elección presidencial que se avecina. Todas las pruebas son documentos públicos y bien valdría la pena que la Fiscalía aplicara el aforismo procesal que dice que el que prueba mucho no prueba nada o por lo menos sirviera como referencia, no analogía, lo que se preceptúa en el artículo 278 del Código General del Proceso sobre la celeridad de las actuaciones jurisdiccionales. 

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